Reglamento Europeo

EU AI Act · Inteligencia Artificial

La primera regulación integral del mundo para la inteligencia artificial. Clasificación de riesgos, obligaciones y sanciones para desarrolladores y usuarios de IA. Actualizado tras el Digital Omnibus sobre IA (julio de 2026).

Entrada en vigor: 1 de agosto de 2024 Aplica a: Desarrolladores, distribuidores y usuarios de IA en la UE Multas: hasta 35M€ o 7% de la facturación global

¿Qué es el AI Act?

El EU AI Act es la primera regulación integral del mundo para la inteligencia artificial. Establece un marco jurídico para el desarrollo, comercialización y uso de sistemas de IA en la Unión Europea.

El enfoque del AI Act se basa en la clasificación de riesgos: cuanto mayor es el riesgo del sistema de IA, más estrictas son las obligaciones.

Cambio clave: El AI Act establece obligaciones diferenciadas según el tipo de sistema y el rol de la organización, incluyendo, cuando corresponda, gestión de riesgos, documentación, supervisión humana, registro y evaluaciones específicas.

Clasificación de riesgos

De forma simplificada, el marco del AI Act puede entenderse a través de distintos niveles y categorías de riesgo:

  • Riesgo inaceptable: Prohibidos. Incluyen sistemas de IA que manipulan el comportamiento humano, explotan vulnerabilidades o utilizan sistemas de puntuación social.
  • Alto riesgo: Obligaciones estrictas. Incluyen IA en infraestructuras críticas, educación, empleo, acceso a servicios esenciales, inmigración y administración de justicia.
  • Riesgo limitado: Obligaciones de transparencia. Incluyen chatbots y sistemas de generación de contenido. El reconocimiento de emociones está prohibido en el ámbito laboral y educativo (art. 5.1.f); fuera de esos contextos, sujeto a obligaciones de transparencia (art. 50).
  • Otros sistemas de IA: no están sometidos por ese hecho a las obligaciones específicas de los sistemas de alto riesgo, sin perjuicio de otras obligaciones que puedan resultar aplicables según el sistema, el rol de la organización y el contexto de uso. Incluyen la mayoría de las aplicaciones de IA actuales.

Obligaciones para sistemas de alto riesgo

Los sistemas de IA de alto riesgo deben cumplir con:

  • Sistema de gestión de riesgos: Proceso continuo de identificación y mitigación de riesgos.
  • Datos de entrenamiento: Datos pertinentes, representativos y, en la medida de lo posible, completos y libres de errores (art. 10).
  • Documentación técnica: Registro detallado del sistema y su funcionamiento.
  • Supervisión humana: Mecanismos de supervisión y control por parte de personas.
  • Seguridad y precisión: Niveles adecuados de seguridad, precisión y robustez.
  • Registro de eventos: Registro automático de eventos durante el funcionamiento.

Plazos clave

  • 1 de agosto de 2024: Entrada en vigor del AI Act.
  • 2 de febrero de 2025: Aplicación del artículo 4 (alfabetización en IA). ⚠️ Ya exigible.
  • 2 de agosto de 2025: Aplicación de las obligaciones para sistemas de IA de uso general (GPAI).
  • 27 de julio de 2026: Entra en vigor el Digital Omnibus sobre IA, que aplaza los calendarios de alto riesgo.
  • 2 de agosto de 2026: Aplicación de las obligaciones generales de transparencia (art. 50).
  • 2 de diciembre de 2026: Aplicación de la nueva prohibición relativa a determinados sistemas que generan contenido sexualmente explícito o íntimo no consentido ni material de abuso sexual infantil, y fin del período transitorio aplicable a las obligaciones de marcado y detección del artículo 50.2 para determinados sistemas introducidos en el mercado antes del 2 de agosto de 2026.
  • 2 de diciembre de 2027: Aplicación para sistemas de IA de alto riesgo del Anexo III (infraestructuras críticas, educación, empleo, etc.) — aplazada desde agosto de 2026.
  • 2 de agosto de 2028: Aplicación para sistemas de IA de alto riesgo del Anexo I (productos regulados) — aplazada desde agosto de 2027.
⚠️ Actualizado: el Digital Omnibus sobre IA (en vigor desde el 27 de julio de 2026) aplazó la aplicación de las obligaciones de alto riesgo del Anexo III a diciembre de 2027 y las del Anexo I a agosto de 2028. Las obligaciones de prácticas prohibidas, alfabetización en IA y GPAI siguen vigentes desde sus fechas originales.

Consecuencias del incumplimiento

Infracción Multa máxima
Prácticas prohibidas (art. 5) 35M€ o 7% de la facturación global
Resto de infracciones (art. 99.4) 15M€ o 3% de la facturación global
Información incorrecta o engañosa 7,5M€ o 1% de la facturación global

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